000 01676nam a2200265uu 4500
003 UCSE
005 20220509155223.0
008 990915 1984 ag g spa
040 _aUCSE
_6UCSE
041 0 _aspa
080 _a347.66
100 1 _aCastiglione, Antonio Virgilio
_eAutor
_93223
245 1 0 _aLa personalidad de la sucesión.
_b A quien demandar cuando fallece el deudor.
260 _aSantiago del Estero :
_bEl Liberal,
_c1984.
300 _a14 p.
_c; 21,5x15,5 cm.
505 _aContenido: 1. Introducción al tema. 2. Otras opiniones. 3. Antecedentes históricos. 4. Derecho civil argentino. 5. Imposibilidad de la existencia de ese ente. 6. Incidencia sobre actos notables. 7. La sucesión indivisa desde la óptica fiscal. 8. Concurso de la sucesión. 9. Muerte de un deudor. ¿A quien deben demandar los acreedores?. 10. La sucesión carece de personalidad jurídica. 11. La sucesión es un procedimiento judicial. 12. Juez competente. 13. Plazos para interponer las demandas. 14. Bienes objeto de la ejecución. 15. Vías para accionar - herederos conocidos que aceptaron la herencia. 16. Herederos conocidos que aun no aceptaron. 17. No hay herederos conocidos y nadie comparece. 18. Hay legatarios. 19. Casos en que hay un administrador designado. 20. Defensas de cada heredero.
650 4 _aCiencias soc.
_921344
650 4 _aDerecho Civil.
_917827
650 4 _aEstadística.
_918251
650 4 _aPolítica.
_919139
650 4 _aEconomía.
_918061
650 4 _aDerecho de familia. Derecho matrimonial. Sucesiones.
_917842
650 4 _aDerecho. Jurisprudencia.
_917911
942 _2Clasificación Decimal Universal
_cBK
999 _c9942
_d9942